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Para poder entender mejor el documento se ha escrito con
la ortografía actual y se ha reestructurado el texto. Al final
del documento se ha añadido un pequeño diccionario con
palabras poco usuales y usadas en el Catastro. ~~~ ~~~ ~~~ En la villa de Valdeunquillo a tres días del mes de Noviembre de mil setecientos y cinucenta y dos años su el señor Don Raphael Agustín de la Gandara Zebra Pimentel Juez Subdelegado por Su Majestad para las Diligencias de la Única Real Contribución estando en su posada Don Pedro de Prado Gobernador de esta Villa, Don Melchor Castañon alcalde ordinario por su estado noble, Francisco Barbero por el general, Don Antonio Mobilla cura de la Iglesia de San Pedro de ella, Don Francisco de León de la de Santa María, Santiago Perez y Gaspar Hernandez regidores, Don Manuel Mobilla procurador síndico general, Manuel Hernandez del Sol escribano del número y ayuntamiento de esta villa, Don Diego Mobilla y Benito Perez vecinos de esta otra villa peritos nombrados por Melchor Casado, y Lorenzo Perez vecino esta misma villa peritos nombrados por la justicia de ella, Pedro Miranda vecino de la Villa de Cerecinos de la Orden, y Manuel Miranda del lugar de Castrogonzalo medidores que han asistido a la verificación de heredades del Casco y término de esta villa, de todos a excepción de los nombrados párrocos, por su se les tomó y recibió juramento que le hicieron por Dios Señor y una señal de la Cruz en forma y bajo de él ofrecieron decir verdad de lo que supieren y les fuere preguntado y siéndolo al tenor del Interrogatorio de la Real Instrucción señalado con la letra A a cada una de sus preguntas dijeron lo siguiente: 1. Cómo se llama la población A la primera pregunta dijeron: esta población se llama la Villa de Valdeunquillo. 2. Si es de realengo o de señorío, a quién pertenece, qué derechos percibe y cuánto produce A la segunda dijeron: esta villa es del señorío del señor conde de Miranda [1] y por razón de él no percibe dineros algunos. 3. Qué territorio ocupa el término, cuánto de Levante a Poniente y del Norte al Sur, y cuánto de circunferencia, por horas y leguas[2]; que linderos o confrontaciones y que figura tienen, poniéndola al margen. A la tercera dijeron que el término de esta villa ocupa de oriente[3] a poniente legua y media y del norte al mediodía una legua, y su circunferencia con los ángulos cinco leguas y que sus linderos son del oriente con la raya del término de Villavicencio, mediodía con la de Bolaños, poniente con la del de Castroverde y al norte con la de Villagrá y que su figura dijeron dichos agrimensores[4] es la del margen. 4. Qué especies de tierra se hallan en el
término, si de regadío o de secano, distinguiendo si son
de hortalizas, sembradura, viñas, pastos, bosques, matorrales,
montes y demás que pudiera haber, explicando si hay algunas que
produzcan más de una cosecha al año, las que fructificaren
sólo una y las que necesiten de un año intermedio de descanso. 1ª Tierras trigales y centenales todas de secano
que producen un año y descansan otro. 5. De cuántas cualidades hay en cada una de las especies de que hayan declarado; si de buena, mediana o inferior. A la quinta dijeron: que en las tierras trigales, centenales y viñas en todas hay las tres calidades de buena, medianas e ínfima , las herrañales, huertas de hortaliza de secano y huerta de hortaliza de regadío todas son de la buena, las tierras de chopos y olmares también de la buena y las praderas de pasto que solo tienen su especie. 6. Si hay algún plantío de árboles en las tierras que han declarado, como frutales, moreras, olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos, etc. A la sexta dijeron: hay dos plantíos el uno de álamos y negrillos y el otro de chopos. 7. En cuáles de las tierras están plantados los árboles que declaran A la séptima dijeron que dichos plantíos están puestos el de álamos y negrillos en tres pedazos de tierra, los dos del señor Conde de Miranda y el otro de Benito Pérez y el de chopos está puesto en un pedazo de pradera concejil a expensas de esta villa. 8. En qué conformidad están hechos los plantíos, si extendidos en toda la tierra o a las márgenes, en una, dos, tres hileras, o en la forma que estuvieren. A la octava dijeron que dichos plantíos están, los de álamos y negrillos sin orden extendidos por toda la tierra por nacer así y el de chopos está en siete hileras. 9. De qué medidas de tierra se usa en aquel pueblo, de cuántos pasos o varas castellanas en cuadro se componen, qué cantidad de cada especie de granos de los que se cogen en el término se siembra en cada una. A la novena dijeron que la medida que se usa en las tierras
de pan llevar es hemina[6] que se
compone de ochenta y tres palos estadales cuadrados y un tercio de estadal
y cada estadal de cuatro varas y cuarto y cada estadal cuadrado de dieciocho
varas y un dieciseisavo de vara de que se verifica se compone cada hemina
de mil quinientas cinco varas y cinco veinticuatroavos de vara; 10. Qué número de medidas de tierra habrá en el término, distinguiendo las de cada especie y calidad; por ejemplo: tantas fanegas ( o del nombre que tuviese la medida) de tierra de sembradura de la mejor calidad; tantas de mediana bondad y tantas de inferior; y lo propio en las demás especias que hubiere declarado. A la décima dijeron ignorar las medidas de tierra
que incluye el término de esta villa, y se remiten a lo que digan
los referidos medidores: y estos dicen habrá veintiséis
mil heminas en esta forma: 11. Qué especies de frutos se cogen en el término. A la once dijeron: se coge en el término de esta villa las frutas de trigo, cebada, centeno, vino, avena y hortaliza. 12. Qué cantidad de frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad de las que hubiere en el término, sin comprender el producto de los árboles que hubiese. A la doce dijeron que: 13. Qué producto se regula darán por medida de tierra los árboles que hubiere, según la forma en que estuviese hecho el plantío, cada uno en su especie. A la trece dijeron que en cada hemina de tierra plantada de álamos y negrillos que están sin orden cabrán cincuenta pies, que producirán cada año cuarenta reales y en cada hemina del de chopos que están puestos en hileras y tiene setecientos pies cabrán doscientos pies, que al presente no producen cosa alguna por estar recién plantados y en adelante podrá producir cada hemina veinte reales. 14. Qué valor tienen ordinariamente, un año con otro, los frutos que producen las tierras del término, cada calidad de ellos. A la catorce dijeron que cada carga de trigo vale regularmente en un quinquenio cada año cuarenta reales; la de centeno treinta y seis; la de cebada veinte cuatro: la de avena doce y cada cántaro de mosto dos reales. 15. Qué derechos se hallan impuestos sobre las tierras del término, como diezmo, primicia, tercio-diezmo u otros, y a quien pertenecen. A la quince dijeron que sobre los frutos que se cogen de las tierras del término se paga diezmo de cada diez una; y primicia en llegando a coger treinta heminas de trigo, centeno o cebada de cada especie se paga una hemina; y Voto de Santiago[7] que en llegando a coger dichas treinta heminas de trigo para el labrador tres celemines de trigo, y el senarero que es el que labra con una res o el que se vale de ganados de otros para la cultura, celemín y medio; y el cosechero de vino en cogiendo dieciocho cántaras paga medio cántaro; y dichos diezmos se ponen en cilla común de la que antes de repartirse sacan las dos iglesias de Santa María y San Pedro de esta villa carga y media de trigo cada una, y los demás diezmos se reparten en treinta y siete partes y media en la forma siguiente: el Conde de Miranda lleva doce partes esto en los de trigo, cebada, centeno y mosto. Y los de avena, corderos, lana, hortaliza y demás menores tocan los de la feligresía de San Pedro al párroco de ella, y los de la de Santa María se reparten nueve partes de las que lleva cinco el párroco de la iglesia, tres partes dicho monasterio de Sahagún y la referida encomienda de Mayorga una; y una parte de tres de los diezmos del pago de San Juan la percibe Don Lorenzo Martínez presbítero de esta villa como poseedor del beneficio simple de San Juan y las otros dos entran en cilla común ; las primicias las percibe la iglesia donde el que las adeuda es feligrés; y el Voto pertenece a la Santa Iglesia Catedral de Santiago. 16. A qué cantidad de frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie, o a qué precio suelen arrendarse un año con otro. A la dieciséis dijeron que los diezmos importaran en un quinquenio cada año ciento diez cargas de trigo, ciento una de cebada, dos cargas y una hemina de centeno; trescientos veinticuatro cántaros de mosto, y la avena que diezman los feligreses de Santa María serán ocho cargas y la de hortaliza y demás menores importarán doscientas sesenta reales, diez corderos y dos arrobas de lana; los que diezman los feligreses de San Pedro de dichas especies dieciséis cargas de avena, dieciocho corderos, tres arrobas de lana y cien reales de los de hortaliza y demás menores; las primicias de la iglesia de San Pedro importarán dos cargas y media de trigo, carga y media de cebada y una hemina de centeno y lo mismo las de la iglesia de Santa María; el Voto de Santiago tres cargas de trigo y doce cántaros de vino. 17. Si hay algunas minas, salinas, molinos harineros o de papel, batanes u otros artefactos en el término, distinguiendo de qué metal es y de qué uso, explicando sus dueños y lo que se regula produce cada uno de utilidad al año. A la diecisiete dijeron que hay una tahona propia de Antonio Rodríguez, vecino de esta villa a quien se regula de utilidad cada año cuatrocientos reales. 18. Si hay algún esquilmo[8], a quién pertenece, qué número de ganado viene al esquileo a él y qué utilidad se regula da a su dueño cada año 19. Si hay colmenas en el término, cuántas y a quién pertenecen. A las preguntas dieciocho y diecinueve dijeron: no hay nada de lo que contienen. 20. De qué especies de ganado hay en el pueblo y término, excluyendo las mulas de coche y caballos de regalo, y si algún vecino tiene cabaña o yeguada que pasta fuera del término, dónde y de qué número de cabezas, explicando el nombre del dueño. A la veinte dijeron: hay siete especies de ganado que
son caballar, mular, asnal, vacuno, lanar, de cerda y palomar: 21. De qué número de vecinos se compone la población y cuántos en las casas de campo. A la veintiuna dijeron: hay ciento treinta y un vecinos y ninguna casa de campo. 22. Cuántas casas habrá en el pueblo, qué número de habitables, cuántas arruinadas, y, si es de señorío, explicar si tiene cada una alguna carga que pague el dueño por establecimiento del suelo, y cuánto. A la veintidós dijeron: hay ciento treinta y siete casas habitables, dos inhabitables y ninguna arruinada, y por el establecimiento del suelo no se paga nada. 23. Qué propios tiene el común y a qué asciende su producto al año, de que se deberá pedir justificación. A la veintitrés dijeron que este común tiene por propios diferentes tierras de pan llevar, el pasto del Pozo, hoja y espiga que valora cada año en un quinquenio dos mil ochocientos reales. 24. Si el común disfruta algún arbitrio, sisa u otra cosa de que se deberá pedir la concesión, quedándose con la copia que acompañe estas diligencias; qué cantidad produce cada uno al año, a qué fin se concedió, sobre qué especies, para conocer si es temporal o perpetuo y si su producto cubre o excede de su aplicación. A la veinticuatro dijeron: no hay nada de lo que contiene, sino lo que va dicho en la pregunta antecedente. 25. Qué gastos debe satisfacer el común, como salario de justicia y regidores, fiestas del Corpus u otras, empedrados, fuentes, sirvientes, etc., de que se deberá pedir relación auténtica. A la veinticinco dijeron que este común satisface como unos dos mil ochocientos reales en salarios de Justicia, ssno. fiestas, verederos y otros que resultan de las cuentas de propios, como salarios de ministros, guardas de viñas y panes remitense a dichas cuentas. 26. Qué cargas de Justicia tiene el común, como censos de que responde u otros; su importe, por qué motivo y a quién, de que se deberá pedir puntual noticia. A la veintiséis dijeron que este común paga un censo[11] sacado con real facultad no saben para que fin por ser muy antiguo y se paga a dos reales y cuartillo por ciento a la Capellanía de los Remedios sita en la iglesia de San Miguel de la villa de Villalón, de que es capellán Don Balthasar Navarro, presbítero de dicha villa que sus anuales réditos son cuatrocientos cincuenta reales. 27. Si está cargado de servicio ordinario y extraordinario, u otros, de que igualmente se debe pedir individual razón A la veintisiete dijeron que los vecinos del estado General pagan en Arcas Reales de la ciudad de León de servicio ordinario y extraordinario seiscientos veintinueve reales cada año, de dicha cantidad pagan los forasteros de dicho estado que tienen heredades en este término ciento veinte reales. 28. Si hay algún empleo, alcabalas u otras rentas enajenadas, a quién; si fue por servicio pecuniario u otro motivo, de cuánto fue y lo que produce cada uno al año, de que se deberán pedir los títulos y quedarse con copia. A la veintiocho dijeron que en esta villa percibe las alcábalas[12] el Señor Conde de Miranda y no saben por qué título, remitense a la pertenencia que tenga, y hoy están encabezadas en mil doscientos reales y libres los granos y vino que de sus rentas vende en esta villa de todos tributos que importaran doscientos reales cada año. 29. Cuántas tabernas, mesones, tiendas, panaderías, carnicerías, fuentes, barcas sobre ríos, mercados, ferias, etc., hay en la población y término; a quién pertenecen y qué utilidad se regula puede dar al año cada uno. A la veintinueve dijeron no hay en esta villa taberna obligada sino que cada vecino vende sus vinos en la bodega donde los encierra, hay dos casas de mesón, que son de Marcos Gutiérrez y Pedro Martínez, a quienes dará de utilidad a cada uno al año quinientos reales, una carnicería cuyo abastecedor obligado es Diego Barela quien la vende y pesa la carne por su persona, y le quedará de utilidad trescientos reales, un obligado de pescado y aceite que es Manuel Herreras que ganará al año cuatrocientos reales. 30. Si hay hospitales, de qué calidad, qué
renta tienen y de qué se mantienen. A la pregunta treinta y treinta y una dijeron no hay nada. 32. Si en el pueblo hay algún tendero de paños, ropas de oro, plata y sedas, lienzos, especiería u otras mercaderías, médicos, cirujanos, boticarios, escribanos, arrieros, etc., y qué ganancia se regula puede tener cada uno al año. A la treinta y dos dijeron: 33. Qué ocupaciones de artes mecánicas hay en el pueblo, con distinción como albañiles, canteros, albéitares, herreros, sogueros, zapateros, sastres, pelaires, tejedores, sombrereros, manguiteros y guanteros, etc., explicando en cada oficio el número que haya de maestros, oficiales y aprendices, y qué utilidad les puede resultar trabajando meramente de su oficio al día a cada uno. A la treinta y tres dijeron: 34. Si hay entre los artistas alguno que teniendo caudal haga prevención de materiales correspondientes a su propio oficio o a otros, para vender a los demás, o hiciera algún comercio, o entrase en arrendamientos; explicar quién y la utilidad que consideren le pueda quedar al año a cada uno de los que hubiese. A al treinta y cuatro dijeron: no hay nada. 35. Qué número de jornaleros habrá en el pueblo, y a cómo se paga el jornal diario a cada uno. A la treinta y cinco dijeron: hay cuarenta y ocho labradores en que entran seis viudas labradoras a quienes se les regula de jornal el día que trabajan dos reales y medio, cuarenta y seis jornaleros a quienes se les regula el mismo jornal, seis pastores mayorales a quienes se les regula de jornal los mismo dos reales y medio todos los días, un zagal[17] a quien se le regula de jornal todos los días real y medio. 36. Cuántos pobres de solemnidad habrá en la población. A la treinta seis dijeron hay veinte pobres de solemnidad[18]. 37. Si hay algunos individuos que tengan embarcaciones que naveguen en la mar o ríos, su porte, o para pescar; cuántas, a quién pertenecen y que utilidad se considera da cada una a su dueño al año. A la treinta y siete dijeron no hay nada de lo que contiene. 38. Cuantos clérigos hay en el pueblo. A la treinta y ocho dijeron hay tres clérigos de los que son dos párrocos. 39. Si hay algunos conventos, de religiones y sexo, y qué número de cada uno. A la treinta y nueve dijeron que hay un Convento de Mercedarios Descalzos que regularmente se compone de doce religiosos de misa, nueve colegiales y nueve legos[19]. 40. Si el rey tiene en el término o pueblo alguna finca o renta que no corresponda a las generales ni a las provinciales que deben extinguirse; cuáles son, cómo se administran y cuánto producen. A la cuarenta pregunta dijeron: no hay nada de lo que contiene en esta dicha villa, sino que sean renta correspondiente a Su Majestad sin ser de las Generales ni Provinciales, las Penas de Cámara[20] por las que se pagan anualmente en Arcas Reales de la ciudad de León cuarenta y cuatro reales en que están encabezadas.
Don Bernardo Diez Paniagua Contador Principal por Su Majestad de la Intendencia de la ciudad de Palencia y comisionado por la Real Junta de Única Contribución entre otras cosas para el arreglo de las respuestas Generales al interrogatorio practicadas en los pueblos de la comprensión de esta deseando ejecutarlo con la más posible brevedad y menos dispendio de la Real Hacienda, habiendo reconocido la operación de la villa de Valdeunquillo, y hallado algunas de sus respuestas Generales diminutas y sin la correspondiente claridad y constar de los autos, asientos, verificaciones, notas y demás diligencias las equivalentes noticias para aclararlas y darlas la inteligencia necesaria, a fin de que se venga en conocimiento de los verdaderos productos, utilidades, esquilmos y sustancia de dicho pueblo y que conforme a ellos se tiren y formen los estados Particulares, de ella se pase a hacer las notas y declaraciones siguientes. Por hallarse la pregunta veintitrés sin la claridad correspondiente se anota tiene de propios el común de dicha villa quinientas noventa heminas de tierra en esta forma: treinta y seis trigal de primera calidad y doscientas nueve de la segunda y de dicha especie trescientas cuarenta y dos heminas de arado secano pasto común de la segunda calidad, y tres casas que su anual producto esta regulados en treinta y cuatro reales, como también tiene tres heminas de plantío nuevo de chopos = León y abril ocho de mil setecientos cincuenta y cuatro = Don Bernardo Diez Paniagua = (Firma) Guiraldez (Firma) Don Francisco de Alvarez [1]El Conde de Miranda era también Marques de Valdunquillo, y por este título le pertenecía la villa de Valdunquillo. [2] Una legua equivalía a 5.527,7 metros. [3] Los puntos cardinales se denominaban: Oriente para el Este, Occidente para el Oeste y Mediodía para el Sur. [4] Agrimensor: Persona experta en medir tierras. [5] Herrañal: Terreno en que se siembra forraje para alimentar el ganado. [6] Las medidas del
terreno variaban de un pueblo a otro. Para Valdunquillo correspondian:
La hemina era también una medida de volumen de cereal que equivalía a 18,5 litros, y el celemín era una cuarta parte de dicho volumen (4,625 litros). La cántara era una medida de volumen para líquidos que valía 16,128 litros. [7] El Voto de Santiago
era un impuesto que se pagaba para los gastos debidos al peregrinaje
a Santiago y para la reforma de la Catedral de Santiago de Compostela. [8] Esquilmo: Conjunto de frutos y provechos que se sacan de haciendas y ganado. [9] Añino: Lana de corderos de menos de un año [10] Maravedí: El real se componía de 34 maravedies. [11] Censo: Contrato por el que se sujeta un inmueble al pago de una pensión anual. [12] Alcábala: Impuesto que gravaba las cmpraventas al estilo del actual IVA. Su tipo era de un 10% [13] Cirujano: Era lo que hoy llamamos un barbero, aunque tambien hacía extracciones de dientes y otras pequeñas operaciones. [14] Sacristán: Hombre que ayuda al sacerdote en el servicio de altar y cuida la iglesia y sacristía. [16] Albeitar: Palabra de origen árabe que equivale a veterinario. [18] Pobre de solemnidad: Toda persona cuya pobreza era notoria y pública. reuniendo los requisistos para recibir diversos beneficios como pedir en la puerta de las iglesias. [19] Albeitar: Palabra de origen árabe que equivale a veterinario. |